En Veló Legal, somos tu aliado estratégico, acompañándote en cada paso con asesoría legal integral, trámites ágiles y atención personalizada.
Te acompañamos en cada paso de tu camino hacia el éxito en Panamá, brindándote: asesoría legal integral, tramitología ágil y eficiente y atención personalizada.
Conoce las fortalezas de Panamá como destino de inversión y residencia.
Un camino claro y acompañado en cada paso para adquirir tu propiedad en Panamá.
Identificar la propiedad y acordar el precio con el vendedor.
Persona natural, S.A. o Fundación de Interés Privado (FIP).
Firma del contrato preliminar y pago del abono de reserva.
Firma del Protocolo ante Notario y pago del saldo restante.
Registro y actualización catastral ante ANATI a tu nombre.
Estructuras legales para proteger y gestionar tus activos.
Las sociedades anónimas panameñas son ampliamente conocidas y fáciles de administrar.
Las sociedades anónimas panameñas no están obligadas a tener un capital pagado para su constitución. Cualquier persona, ya sea natural o jurídica, puede ser tenedora de las acciones de la sociedad, sin necesidad de tener residencia legal o estar presente en la República de Panamá.
Facilitan la administración de bienes y evitan procesos sucesorios. Combinan ventajas de sociedades anónimas y fideicomisos en una sola estructura legal.
Permiten separar el patrimonio de manera sencilla, segura y confidencial. Las fundaciones administran el patrimonio según el Reglamento, con la vigilancia del Consejo Fundacional y su Protector.
Funcionan con dos documentos clave:
Documento público que crea la persona jurídica ante el Registro Público.
Documento privado y confidencial que detalla beneficiarios, reglas de administración, bienes y su distribución.
Panamá ofrece un marco fiscal favorable para inversores y residentes.
Cero impuestos sobre rentas de fuente extranjera. Solo se grava lo generado dentro del territorio nacional.
Tasa fija favorable (10%) sobre la utilidad en la venta de bienes raíces o valores comerciales.
Exenciones y descuentos significativos en servicios, importación de vehículos y artículos del hogar.
Tasas competitivas del 5% o 10%, dependiendo estrictamente de la fuente de la renta generada.
Exenciones fiscales para empresas en Zonas Libres, Sedes de Empresas Multinacionales (SEM) y EMMA.
Panamá no grava la transferencia de patrimonio por sucesión, facilitando tu planificación patrimonial global.
Beneficios fiscales exclusivos para inversiones en proyectos turísticos y de hospedaje en el interior.
Múltiples vías para establecerte legalmente en Panamá.
Visa de corta estancia dirigida a las personas que laboren en la modalidad de teletrabajo o a distancia dentro de Panamá. Esta visa no requiere trámites adicionales u obtener permiso adicional para trabajar en Panamá.
Ciudadanos de la siguiente lista de países:
Alemania, Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Chipre, Corea Del Sur, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, España, Estados Unidos de América, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hong Kong, Hungría, Israel, Japón, Letonia (República de Latvia), Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Mónaco, Montenegro, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino de Países Bajos, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Irlanda, República Eslovaca, San Marino, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Uruguay.
Por razones Laborales:
** Esta subcategoría exige que se gestione el permiso de trabajo paralelamente.
Por inversión en Bien Inmueble:
Se podrá solicitar la residencia por la razón de compra de bien inmueble, cuyo valor mínimo sea de US$200,000.00, el mismo podrá ser financiado a través de una hipoteca de un banco de la localidad. Se podrá demostrar la compra a través de un certificado emitido por el Registro Público de Panamá; se podrá hacer a título personal o a través de una sociedad anónima o fundación de interés privado, siempre que el mismo sea el beneficiario final.
Por depósito a Plazo Fijo:
Se podrá solicitar la residencia a través de un depósito a plazo fijo por el monto mínimo de US$200,000.00, libre de gravámenes y con una vigencia mínima de 3 años. Para validar este depósito se deberá aportar certificación emitida por un banco de licencia General en el territorio nacional. La inversión podrá ser a título de persona natural o jurídica demostrando que es el beneficiario final.
Visa para extranjeros que reciban una jubilación por parte de un gobierno extranjero o empresa privada, cuya renta mensual no sea inferior a la suma de US$1,000.00, y debe estar concedida de forma vitalicia.
Concede al aplicante la residencia permanente en Panamá sin la necesidad de venir al país.
Por razón de Inversión Inmobiliaria:
Inversión por la suma de US$500,000.00, en la compra de un bien inmueble en la República de Panamá. Cuando se trate de la firma de un Contrato de Promesa de Compraventa, se deberá garantizar la inversión por (US$500,000.00) a través de un depósito de fideicomiso manejado por un banco o fiduciaria de la localidad.
*Hasta el 16 de octubre de 2024, será posible con una inversión de (US$300,000.00) cuando se opte por alguna de las dos opciones anteriores.
Por razón de inversiones realizadas a través de una Casa de Valores:
Una o más inversiones a través de una Casa de Valores por un monto mínimo de US$500,000.00 en títulos valores.
Por razón de inversión en Depósito de Plazo Fijo:
Una inversión en la apertura de depósito(s) a plazo fijo, por un monto mínimo de US$750,000.00. El depósito del plazo fijo debe ser por un mínimo de tiempo de 5 años.
Deberá realizar Inversión Inmobiliaria por la suma de US$300,000.00, en la compra de un bien inmueble en la República de Panamá, el cual podrá estar a título personal o a nombre de una persona jurídica, siempre y cuando se demuestre que el solicitante es el Beneficiario Final.
Nacionales de la República de Italia, independientemente del lugar de su residencia registrada.
Trabajadores de empresas del sector privado con un salario mínimo de $850.00.
Padres, cónyuges e hijos menores de 25 años que dependan económicamente de un residente o nacional.
Todo aquel que cuente con un título de licenciatura o maestría de profesiones que no sean limitadas por la Constitución Política de la República de Panamá.
Ventajas significativas y obligaciones claras en nuestro sistema.
Una residencia fiscal se refiere al estatus que determina en qué país una persona es considerada residente a efectos fiscales, lo que implica que la persona debe cumplir con las obligaciones fiscales de ese país, como pagar impuestos sobre sus ingresos.
La residencia fiscal en Panamá es atractiva y ofrece ventajas significativas, como las detalladas a continuación:
En un sistema fiscal territorial, como el de Panamá, solo se gravan los ingresos generados dentro del país. Esto significa que los ingresos generados fuera de Panamá no están sujetos a impuestos panameños, lo que puede resultar en un ahorro significativo para quienes tienen ingresos internacionales.
Panamá tiene tasas de impuestos relativamente bajas en comparación con muchos otros países. Por ejemplo, si la renta neta gravable es:
| Renta Neta Gravable | Impuesto |
|---|---|
| Hasta US$11,000.00 | 0% |
| De US$11,000.00 hasta US$50,000.00 | 15% por el excedente de US$11,000.00 |
| Más de B/.50,000.00 | B/.5,850.00 + 25% sobre el excedente |
Además, ciertos tipos de ingresos pueden estar exentos o tener un tratamiento fiscal favorable.
Para la certificación de residencia fiscal en Panamá se requiere:
Pasar más de ciento ochenta y tres (183) días, corridos o alternos, en un período fiscal de un año o en el año inmediatamente anterior.
Documentación que evidencie su vinculación con la República de Panamá.
Residencia permanente panameña bajo una categoría migratoria otorgada por el Servicio Nacional de Migración.
Oportunidades de inversión impulsadas por el Gobierno Nacional.
Empresas extranjeras pueden contratar bajo la Ley 22 de 2006.
Proyectos de gran envergadura abiertos a empresas extranjeras.
Evaluación previa de capacidad técnica y financiera.
Mejor relación calidad-precio.
Casos específicos y precisos como emergencias.
Régimen atractivo para productoras extranjeras — Ley 16 de 2012.
Exención del ISR e ITBMS en producción audiovisual.
Apoyo no reembolsable hasta 50% del costo de producción.
Permisos rápidos y apoyo del Estado para filmaciones.
Beneficios fiscales y logísticos compartidos.
Resolvemos tus dudas sobre migración y residencia.
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